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Normas y Reglamentos

  • Elisa Peña
  • 22 nov 2015
  • 1 Min. de lectura

LEYES DE ORDENACIÓN DE TURISMO

Normativa estatal:

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 noviembre, por el que regula los viajes combinados.

  • Real Decreto 1916/2008, de 21 de noviembre, por el que se regula la iniciativa de modernización de destinos turísticos maduros.

  • Ley 4/2012, de 6 julio, por el que regula los contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico.

En España no existe una ley estatal que regule la promoción y ordenación de la actividad turística a nivel nacional. Esa función está asumida por las comunidades autónomas y regulada a través de las leyes autonómicas, una por cada comunidad.

Esta descentralización del poder tiene su fuente en la propia Constitución española, la cual no reserva ninguna competencia directa al Estado. Cada comunidad autónoma establece en sus propios Estatutos de Autonomía, la competencia de regular el turismo dentro de sus territorios o leyes de turismo autonómicas.

Sin embargo, el Estado tiene competencia exclusiva directa sobre:

  • Las relaciones internacionales (art. 149.1.3ª CE)

  • Las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica (art 149.1.13ª CE)

  • El comercio exterior (artículo 149.1.10ª CE)

  • MATERIAS TRANSVERSALES EN:

- Legislación civil (artículo 149.1.8ª CE) - Legislación mercantil” (artículo 149.1.6ª CE) En cuanto a estas competencias, la Constitución Española otorga al Estado el poder de aprobar normas jurídicas que se refieran a la ordenación económica del sector turístico español y, de este modo, intervenir indirectamente en la regulación del turismo. Tan es así, que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo de España es el organismo estatal que actúa como responsable de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de turismo.

 
 
 

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